1.4 Concentración de medios

a) Descripción

“Los oligopolios y monopolios en los medios de comunicación es antidemocrática”. Es decir, no son malos o inconvenientes, o un problema para la competencia económica. Van en contra de la democracia.

 Esta afirmación no es del autor. Es lo que dice la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA en su Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión: “Los monopolios u oligopolios en la propiedad y control de los medios de comunicación deben estar sujetos a leyes antimonopólicas por cuanto conspiran contra la democracia al restringir la pluralidad y diversidad que asegura el pleno ejercicio del derecho a la información de los ciudadanos”1.

 Y agrega el Dr. Eduardo Bertoni2: “La concentración de la propiedad de los medios de comunicación es una práctica que impide la expresión plural y diversa de los distintos sectores de la sociedad. Esta es una práctica que, dada las denuncias que recibe la Relatoría al respecto, parece estar creciendo en el hemisferio. Ante ello, la Relatoría insiste en el cumplimiento del mencionado principio”.

 El asunto es relevante pues Uruguay no escapa a esta realidad. Según el Ec. Luis Stolovich3:

A pesar de la aparente diversidad, existe una fuerte concentración en la propiedad y el control de los medios. Tres grupos económicos –fuertemente asociados entre sí, aunque también con contradicciones- controlan los resortes centrales del sistema nacional de medios. Constituyen importantes acumulaciones de capital y la fuente principal de difusión de contenidos simbólicos dentro del país.

 En forma coincidente, una investigación realizada por Guillermo Mastrini y Martín Becerra de la Universidad de Buenos Aires concluye que Uruguay es uno de los países con mayor niveles de concentración de América Latina. Según se afirma en este trabajo aún no editado4:

En todos los mercados se observa un altísimo nivel de concentración de la propiedad. Si se promedia el dominio de mercado del primer operador en cada mercado, se verifica que este alcanza el 60% de la facturación total en los mercados analizados (televisión abierta, televisión de pago, telefonía básica e Internet) y un 56% de los consumidores/público (en prensa, radio, televisión abierta, televisión de pago, telefonía básica, telefonía móvil e Internet). Estos niveles de dominio de mercado del primer operador se ubican sin dudas entre los más altos de la investigación.

 

El dominio de mercado de los cuatro primeros operadores es también muy alto y promedia el 94% de la facturación (en televisión abierta, televisión de pago, telefonía básica, telefonía móvil e Internet) y el 89% de las ventas (en prensa, radio, televisión abierta, televisión de pago, telefonía básica, telefonía móvil e Internet). Los mercados más concentrados son el de telefonía y el de la televisión de pago, y la radio el sector que admite más diversidad de la propiedad.

 

Otra característica del sector info-comunicacional en Uruguay es su centralismo en torno a la capital Montevideo. Esto resulta muy evidente en la televisión abierta donde a partir de la Red Uruguaya de Televisión Sociedad Anónima (RUTSA), se conecta en una virtual cadena la totalidad de canales abiertos del país. Como no podía ser de otra manera, esta Red pertenece a los «3 grandes».

 En ambos trabajos se hace mención a varios aspectos que en general no son considerados cuando se habla de los monopolios y oligopolios.

 Uno de ellos es que su poder no proviene solamente de la concentración de “propiedades”5 sino muchas veces por el control y centralización de producciones y contenidos6. Por eso, para asegurar la diversidad en materia de radiodifusión no es suficiente analizar quiénes son los titulares de los medios sino también cuáles son los flujos comunicaciones y las relaciones de dependencia.

 En Uruguay se constata una estructura piramidal de dependencias, tanto en lo interno como en lo internacional:

En lo interno se ha creado una estructura centralizada por los “3 Grandes” y que subordina a una buena parte de la televisión del Interior; en materia informativa se dan fenómenos similares en el caso de las radios. En lo internacional, los propios “3 Grandes” se encuentran en una cadena de dependencia a partir de la posición predominante de televisión distribuidora y exhibidora, antes que de “fábrica de programas”. (...)

 

La televisión privada del Interior del país –sean canales abiertas o para abonados-, esta controlada en su  casi totalidad por los “3 grandes”, ya sea por medio de canales o cables propios, ya sea por medio de las dos empresas “cabecera” que crearon: RUTSA (Red Uruguaya de Televisión Sociedad Anónima) y Equital, cuya propiedad comparten los «3 grandes»7.

 Otro error que se comete es considerar que el único problema en materia de concentración son las tres familias titulares de las televisoras8, y por tanto asentado en Montevideo y vinculado a grandes capitales.

 El Interior del país tiene una imagen de mayor diversidad y de completo pluralismo de tal manera que sus gremiales insisten en que no se necesitan más medios, oponiéndose en particular al reconocimiento de medios comunitarios. Sin embargo, esto no es siempre así.

 Las investigaciones realizadas señalan un panorama más complejo que muestran que a nivel local y regional también existe concentración:

A escala local, sobre todo en las capitales departamentales existen concentraciones locales de los principales medios en manos de los mismos propietarios y/o controladores. (...)

 

En cuanto acumulación de capital, sólo una pequeña parte de los agentes que intervienen en los medios pueden ser considerados “grandes capitales”.  La mayoría de las empresas de radio, televisión abierta y para abonados del Interior, y prensa escrita de esa región, son PYMES desde una perspectiva económica (la midamos por el capital acumulado, las ventas o el personal empleado). Aún cuando en varios casos debamos hablar de “grupos locales” –que controlan una diversidad de medios en capitales departamentales, por ejemplo-, desde el punto de vista de la acumulación de capital no dejan de ser pequeños o medianos capitales.

 

Pero en cuanto control de la difusión simbólica, como generadores y/o difusores de mensajes y de contenidos culturales, políticos e ideológicos, que contribuyen a la formación cultural de la sociedad y a la formación de la opinión pública, quienes controlan varios medios (por ejemplo, una radio, un canal abierto y un canal cable, un órgano de prensa) en una localidad o en una capital departamental, aún siendo PYMES desde una perspectiva económica, constituyen una concentración desde el punto de vista de la comunicación social. Forman parte de un monopolio al que sólo accede un número limitado de empresas y personas9.

b) Antecedentes

Las informaciones anteriores muestran las limitaciones de las previsiones legales vigentes en materia de concentración de medios de comunicación.

 Según nuestra normativa10: “una persona no puede ser beneficiada a partir de la fecha, con la titularidad total o parcial de más de dos frecuencias en cada una de las tres bandas de radiodifusión; tampoco puede ser titular, total o parcialmente, de más de tres frecuencias de radiodifusión en total en las tres bandas citadas (OM-FM-TV).

 Se entiende que una persona es titular parcialmente de una frecuencia de radiodifusión cuando no es el único titular de ella, sino que la comparte con otra u otras personas, a título personal o en forma societaria o es el dueño de acciones de una sociedad titular de una frecuencia de radiodifusión”.

 Si uno lee rápido no entiende por qué se permite que María Celia Fontaina, por ejemplo, tenga acciones en 7 u 8 medios. La “trampita” está en el texto del decreto cuando dice “a partir de la fecha” (lo cual no incluye todas las televisoras y radios que ya tenía en su poder) y en la posibilidad de obtener una FM a futuro11: en el mismo artículo dice que “no obstante lo dispuesto precedentemente, los actuales permisionarios podrán ser beneficiados con la titularidad total o parcial de una frecuencia de FM”.

 No solo ha habido escasos controles, sino que al referirse solo a la “propiedad” ha permitido que se viole el espíritu de la normativa al colocar en forma intencional a otras personas como titulares (los llamados testaferros: abogados, familiares) y superando así la limitación legal.

 Estas situaciones exigen un cambio doble: buscar nuevos mecanismos legales para impedir o limitar la concentración de “propiedades” pero también tomar medidas para controlar la centralización de contenidos y promover una mayor producción local-regional y asegurar que pueda ser difundida a través de los medios.

 c) Propuestas

Las directivas propuestas por la Unidad Temática de Medios de Comunicación del EP-FA entiende que los lineamientos estratégicos en este tema pasan por “promover una efectiva libre competencia, desfavoreciendo la formación de oligopolios y monopolios. En este sentido, y para garantizar además la calidad del servicio, aplicar con firmeza la normativa ya existente y actualizar la que corresponda. Asimismo, garantizar una mayor igualdad de oportunidades en el acceso al manejo de medios de comunicación”.

 Más adelante, se señalan las políticas específicas a desarrollar:

Evitar y disminuir la concentración de la propiedad y control de los medios de comunicación, que ha homegeneizado la agenda informativa nacional y disminuido la capacidad de producción local y regional, garantizando una mayor diversidad de informaciones y opiniones.


Asegurar la libre competencia y reconocer el derecho a las organizaciones de la Sociedad Civil a contar con medios propios de comunicación.

 Entre las medidas a tomar se debería realizar un estudio a profundidad de la situación actual y una mayor y más sistemática fiscalización por parte la URSEC para el cumplimiento de la normativa vigente. La URSEC tiene el mandato por ley de asegurar la competencia de operadores12. Hasta ahora solo se ha aplicado a telecomunicaciones y pareciera comienzar a aplicarse en la televisión para abonados. Nada impide que también cumpla con la ley en materia de radio y TV abierta, adoptando una política activa de promoción de la diversidad y prevención de la concentración.

 Y realizar modificaciones a la legislación con herramientas más adecuadas. En cuanto a la propiedad y control de medios se ha sugerido utilizar las definiciones de conjunto/grupo económico como las que utiliza el Banco Central y realizar un análisis de derecho comparado para reglamentar mecanismos más idóneos13.

 d) Recursos

  • El “mapa” del poder económico en los medios de comunicación en Uruguay

 

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NOTAS AL PIE
 

 1 Art. 12, octubre 2000
 2 Relator de Libertad de Expresión, “Evaluación sobre el estado de la Libertad de Expresión en el Hemisferio”, 2003
 3 Ec. Luis Stolovich, “Mapa del Poder Económico en los Medios Masivos de Comunicación en el Uruguay”, setiembre 2003
 4 Informe de avance del estudio sobre concentración dela propiedad de los medios de comunicación en América, Instituto Prensa y Sociedad (IPYS) de Perú
 5 En realidad “titularidad”, ya que no son sus dueños
 6 Nótese que los Principios de Libertad de Expresión de la OEA refieren a la “propiedad y control” de los medios de comunicación, siguiendo esta perspectiva
 7 Stolovich, obra citada
 8 Scheck, Romay y Fontaina-De Feo
 9 Stolovich, obra citada
 10 Decreto 734/78, art. 12
 11 Que se concretó con la adjudicación de lo que fue X FM, ahora Aire FM, que no es gestionada en forma directa sino arrendada
 12 Ley N°17.296, Art. 72 inc. d): “la promoción de la libre competencia en la prestación” y Ley N° 17.556, Art. 89: “prevenir conductas anticompetitivas y de abuso de posición dominante”
 13  Por ejemplo en Estados Unidos y otros países se utilizan los límites en las audiencias, además de límites a la concentración de propiedad

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ANEXOS

1.4a
El "mapa" del poder económico en los medios de comunicación en Uruguay - Ec. Luis Stolovich